La movilidad es un territorio en constante expansión. De movilidad eléctrica hablamos, claro está y en ella el vehículo eléctrico tiene mucho que decir. España es un país con unas características concretas en muchos hogares que hacen que plantearse una adquisición de este tipo sea algo más complejo que acudir a un concesionario. Y en buena parte lo es por lo que supone instalar un punto de carga en casa.
Instalar un cargador en casa es la mejor manera de tener siempre a punto nuestro vehículo. El problema es que no es una tarea que resulte fácil (en muchos casos es imposible) y tampoco accesible y asequible al gran público. Por eso, en este artículo vamos a intentar arrojar un poco de luz tomando como base lo establecido en la normativa legal, explicando las posibles subvenciones que, por cierto, cada vez escasean más.
Llegados a este punto vamos a realizar dos distinciones en función del lugar en el que queremos instalar el cargador: podemos hacerlo en un garaje comunitario, en nuestra cochera, si vivimos en un apartamento, o en una vivienda unifamiliar, en cuyo caso puede ser más sencillo. Otra opción pasa por recargar el vehículo en terminales de la vía pública, algo no siempre posible (los cargadores están ocupados) o aconsejable (ofrecen un funcionamiento defectuoso).
CARGADORES EN GARAJES COMUNITARIOS
En el caso de vivir en un apartamento, puede que tengas que realizar la instalación en el correspondiente garaje comunitario. En este caso la base de todo el proceso la vas a encontrar en la ITC BT 52 o lo que es lo mismo, "Instrucción Técnica Complementaria" (ITC) BT 52 para "Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos".
Es el caso más habitual en nuestro país, donde buena parte de los habitantes en las grandes ciudades residen en bloques de pisos, edificaciones que pueden tener o no, los citados garajes.
Si quieres instalar un cargador en tu plaza de aparcamiento, la que se corresponde con tu piso, debes en primer lugar informar a la comunidad (al presidente o administradores) de tus intenciones para instalar un punto de carga. Es un simple acto protocolario, pues según Ley de Propiedad Horizontal no hay que someter la instalación a la aprobación de una junta de propietarios. A partir de aquí debemos distinguir dos tipos de configuración:
El garaje y el piso en el que vivimos están en el mismo bloque: es lo más normal y en este caso la normativa permite tender un cable desde el contador de la vivienda hasta la plaza de garaje. De esta forma el suministro eléctrico de punto de carga y de piso será compartida y todo aparecerá en la misma factura. Con este sistema no será necesario dar de alta un nuevo punto de suministro.
Eso sí, debes tener en cuenta que en función de la potencia contratada y del tipo de punto de recarga a instalar, quizás es necesario aumentar la potencia contratada para evitar cortes de luz. Es algo que tendrás que valorar calculando la potencia que necesitas.
La otra opción es que quizás la plaza de aparcamiento, el garaje, no esté en el mismo edificio donde se encuentra el piso. En este caso y a diferencia del anterior, habrá que solicitar primero permiso a la comunidad de propietarios y que aprueben en una junta de vecinos la posibilidad de conectar un punto de recarga a las zonas comunes.
Se trata de instalar un contador secundario enlazado al punto de suministro del garaje, el que da la luz a las zonas comunes. Aquí será la comunidad la que luego repercutirá el gasto correspondiente el cargador que hemos asociado a nuestro punto de carga. Además, estarás sujeto a la tarifa de suministro eléctrico que tenga contratada la comunidad de vecinos.
Una tercera opción supone solicitar a la distribuidora que instale un nuevo punto de suministro que irá asociado a otro contador y por lo tanto al final tendremos una nueva factura eléctrica sólo para el contador del punto de carga. Frente a la opción anterior, en este caso podemos elegir la tarifa a la que te acoges para cargar tu vehículo.
En ambos casos, la mayor dificultar viene dada por la distancia existente entre el contador y la plaza de garaje. A mayor distancia, más coste de la obra a llevar a cabo. Esto cambia en las edificaciones modernas o al menos las más recientes, en las que se busca garantizar la preinstalación en el 100% de las plazas de aparcamiento.
PUNTO DE CARGA EN VIVIENDA UNIFAMILIAR
En el caso de residir en una vivienda unifamiliar el proceso es más sencillo, pero también debemos tener en cuenta que no es lo más normal. Aquí tenemos más libertad para instalar el cargador tanto al aire libre como en interior. Todo queda a nuestra elección.
Si tenemos un garaje particular, puede que tengamos ya disponible un enchufe convencional (toma schuko) que se puede usar para recargar el coche. El problema de este sistema son los límites de potencia que impone la instalación, que suele estar limitada a 10 A y unos 2,3 kW de potencia. Esto se traduce en unos enormes tiempos de recarga.
No obstante, lo más adecuado y lo que dice la normativa, es instalar un circuito exclusivo desde el contador de la vivienda hasta la ubicación del punto de recarga con el objetivo de mejorar la seguridad de la instalación. Debe estar bien dimensionada, con protecciones eléctricas dedicadas y con puntos de carga que puedan soportar la intensidad requerida durante los largos periodos de tiempo que vamos a tener el vehículo cargando.
Si la vivienda es unifamiliar, las posibilidades son mayores. Podemos instalar el cargador en cubierto o al aire libre, en cuyo caso debemos contar con una instalación capaz de resistir las inclemencias del tiempo y contar con protecciones eléctricas adecuadas. Además, la toma de corriente o el cargador deben estar conectadas al cuadro eléctrico de la vivienda igualmente con protecciones dedicadas.
Si queremos, podemos montar un cargador de pared o wallbox. Un tipo de dispositivo que permite disponer de potencias de recarga superiores y contar con opciones como un cable integrado, control de potencia dinámico... o incluso poder controlar la carga desde el móvil. Eso sí, estas mejoras y añadidos suponen un importante sobrecoste en función del cargador que queramos añadir.
POTENCIA CONTRATADA
En este punto es importante que tengamos en cuenta la potencia que tenemos contratada en el hogar y la que vamos a necesitar, pues habremos de sumar la que necesita el nuevo punto de carga ya que todo irá unificado bajo la misma factura. Si no cuentas con bastante potencia, quizás te interese aumentar la potencia contratada o instalar un cargador que permita la gestión dinámica de la carga.
Lo habitual es que los wallbox funcionen con varias potencias que van desde los 3,7kW a los 22kW (en medio quedan 7,4kW y 11kW). Estos sistemas funcionan con corriente alterna (CA), nada que ver con los sistemas de carga rápida que usan corriente continua (CC). Los puntos de recarga con potencias de 3,7kW y 7,4kW están conectados en monofásico, mientras que los cargadores de 11kW y 22kW se conectan en trifásico.
Para calcular la potencia que vamos a necesitar vamos a tener en cuenta el mismo sistema que usamos para conocer cuánto vamos a requerir en el piso. Para ello basta con determinar el número de electrodomésticos que podemos utilizar al mismo tiempo sin que salten los plomos, incluida la instalación del punto de carga. La potencia se mide en kilovatios (kW).
La ventaja en este punto es que se puede limitar la potencia de entrega empleada por los puntos de recarga, de forma que se puede lograr una limitación que se ajuste a la potencia contratada que tenga el cliente sin que este tenga que aumentarla. Además, otro factor a tener en cuenta es que en muchos casos la carga del coche se realiza en periodo nocturno y así beneficiarse de la discriminación horaria y de paso evitar el aumento de la potencia contratada.
Lo importante y lo que debes tener en cuenta es que la potencia contratada debe ser superior a la que vas a usar, cargador de coche incluido, para evitar que salten los plomos
Si llegado a este punto decides que quieres aumentar la potencia contratada, debes saber que este paso tiene un coste basado en dos conceptos de precio variable, como es el derecho de acceso y de extensión y que suben o bajan en función de cuánto se desee aumentar la potencia. El tercero, el de enganche, es un coste fijo de cerca de 10 euros.
AYUDAS Y SUBVENCIONES
En general y cómo conclusión, podemos determinar que instalar un punto de recarga en casa, en cualquiera de las vertientes vistas, puede variar de precio de forma importante por dos factores: según haya que realizar más o menos obra y en función de si se instala o no un wallbox (y qué modelo se elige).
En pleno 2022 está vigente el el Plan Moves III, un plan que junto a la ayuda para adquirir un coche eléctrico, también supone un incentivo para la instalación de puntos de recarga al subvencionar hasta un 70% del coste de dichos puntos de recarga, tanto si eres un particular como si la interesada es tu comunidad de vecinos. Un descuento que llega al 80% en localidades con menos de 5.000 habitantes.
"La infraestructura de recarga subvencionable, a través de la modalidad de adquisición directa, podrá ser tanto de acceso público, como privado. Además, en el caso de comunidades de propietarios, será subvencionable la preinstalación eléctrica y de servicio de comunicaciones para dotar de recarga inteligente a la recarga vinculada de vehículo eléctrico."
No obstante, lo mejor es preguntar a algún instalador eléctrico de la zona ya que cada caso es diferente, teniendo en cuenta que la fecha tope para optar al Plan Moves III es el 31 de diciembre de 2023
https://www.xatakahome.com
«Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU. Sin embargo, los puntos de vista y las opiniones expresadas son únicamente los del autor o autores y no reflejan necesariamente los de la Unión Europea o la Comisión Europea. Ni la Unión Europea ni la Comisión Europea pueden ser consideradas responsables de las mismas»